Perfil del cronista
municipal
La honorable Cronista Oficial de Montalbán, profesora Mary Acuña Parra (1919), quien pronto
cumplirá su 99 años de feliz existencia, lucida y aún activa en el ejercicio de
sus funciones, nos presentó en septiembre de 2009 una descripción enumerada, en 20 proposiciones, acerca del
perfil que debe reunir o tener un cronista municipal. La acertada apreciación sobre esta figura cuya característica
particular, poco o nada, conocen las autoridades municipales a la hora de
designar tan importante funcionario, que forma parte de la organización del
Poder Público Municipal, concretamente, en la estructura administrativa del
Concejo Municipal; según la vigente Ley Orgánica (2005), capítulo III, artículo
95, numeral
15.
En los
mencionados consejos Acuña Parra refiere a un conjunto de rangos personales y de condiciones que, de
una u otra manera, está contenida en la Ordenanza que regula la labor del cronista oficial.
Algunas características son variables pero la mayoría son atributos
particulares que se obtiene como producto del ambiente, aprendizaje e
interacción social. En cuatro aspectos podemos agruparlos, en primer lugar,
la condición ciudadana, ética y solvencia moral, que debe reflejarse en la
honestidad, credibilidad y reconocimiento social. Un cronista puede ser el
mejor escritor y conocedor del pasado histórico de su comunidad,
pero sí le falta la debida probidad,
privado o público, su trabajo se verá disminuida en su contenido prosocial.
En segundo lugar, debe
poseer “un conjunto de conocimientos” sobre el acervo histórico y cultural del
municipio, que mediante la investigación, ampliará y profundizará, y,
necesariamente, se debe traducir
en la organización de una biblioteca municipal y del archivo histórico. Este
conocimiento debe tender a un conocimiento científico, es decir, los datos
históricos deben ser sometidos a la verificación. El cronista no es un “echador de cuentos” pues debe comprender y
explicar el proceso
sociohistórico municipal, de ahí que el cronista tienda a ser un historiador local. La forma
de presentación, crónicas o historias, debe divulgarlo en diferentes
medios que faciliten el registro y conservación de la memoria colectiva.
En tercer lugar, el
cronista municipal debe ser una persona con vinculación social, con capacidad
de relacionarse con las demás instituciones, grupos e individuos, que conforman
la estructura social que pertenece. Para una efectiva y sana interacción y, reconociendo sus derechos
políticos como ciudadano, no puede participar ni militar de manera activa en actividades
político-partidista, “que pueda desviarlo del verdadero propósito de su misión
como investigador y divulgador de la memoria histórica”. No significa que no
tenga una opinión sociopolítica que, desde la perspectiva Política, en
mayúscula y de altura, analiza y reflexiona las actuaciones de los grupos políticos.
Por último, nos
encontramos que el cronista debe ser nativo o residenciado en el municipio
cuyo tiempo de permanencia puede variar, pero debe ser lo suficiente para
demostrar su inserción histórica, sociocultural e identificación local. Asimismo,
una edad razonable que indique poseer una “madurez intelectual y emocional”. Un
cronista sin sentido de pertenencia y sin arraigo, sería inerme, por ejemplo, en
defender y proteger el patrimonio construido y natural.
*Presidente de la Asociación
de Cronistas Oficiales del Estado Carabobo
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